Últimas noticias

A PARTIR DEL LUNES BIENESTAR SOCIAL INFORMARÁ AL PÚBLICO SOBRE LA PRESTACIÓN DEL INGRESO MÍNIMO VITAL

TravelQuinto

La Concejalía de Bienestar Social, que dirige Lourdes López Sánchez, informará a partir de la semana que viene sobre la prestación del Ingreso Mínimo Vital, que se establece por Real decreto-Ley 20/2020, de 29 de Mayo.

Bienestar social Dos Hermanas_01062020Con el objeto de informar y facilitar a la ciudadanía de Dos Hermanas, la presentación de la solicitud del Ingreso mínimo vital, se habilitará una tutoría, presencial previa cita, o telefónica, a partir del lunes 8 de Junio, en horario de 9 a 13 horas en las dependencias de la Concejalía de Bienestar Social, situada en el Parque de la Alquería.

De la misma manera y de forma paralela los/as Trabajdoras Sociales de referencia informarán en las citas ya concertadas con anterioridad, del procedimiento de este nuevo recurso.

Las solicitudes de acceso a la prestación económica podrán presentarse a partir del día 15 de junio de 2020. Si la solicitud se presenta dentro de los tres meses siguientes, los efectos económicos se retrotraerán al día 1 de Junio de 2020 siempre que, en esta fecha, se acrediten todos los requisitos para su acceso. En caso de no cumplir los requisitos en la referida fecha los efectos económicos se fijarán el día primero del mes siguiente a aquel en que se cumplan los requisitos.
Si la solicitud se presenta transcurridos tres meses, los efectos económicos se fijaran el día primero del mes siguiente a la presentación de la solicitud, de conformidad con lo previsto en el artículo 11.1 del presente real decreto-ley.

Se trata de una prestación de la Seguridad Social (Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migración), con carácter permanente y con una doble finalidad:

➡️ Redistribución de la renta focalizándose en la erradicación de la pobreza extrema.

➡️ Fomentar la inclusión social y la inserción laboral.

La necesidad de la puesta en marcha del ingreso mínimo vital como política destinada a corregir situaciones de vulnerabilidad, se ha visto acelerada por la crisis sanitaria del COVID-19 y el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.

En este contexto el Gobierno de España ha venido adoptando una serie de medidas urgentes orientadas tanto a frenar el avance de la pandemia, como a mitigar los profundos efectos económicos y sociales que la crisis sanitaria está generando en nuestro país.

Más allá del impacto directo sobre la actividad económica, la pandemia ha desembocado en una profunda crisis social, que afecta especialmente a las personas en situación vulnerable.
Las situaciones de crisis proyectan sus efectos más perjudiciales sobre la población más vulnerable e insegura, que no goza de una estabilidad permanente en sus ingresos, y que además está insuficientemente atendida por la mayor parte de las políticas sociales, vinculadas a la existencia de relaciones estables de empleo.

Por tanto, a la vista de los expuesto anteriormente, la situación de pobreza y desigualdad existente en España y el incremento de la vulnerabilidad económica y social ocasionado por el COVID-19, exige la puesta en marcha con carácter urgente de un mecanismo de garantía de ingresos de ámbito nacional. Este mecanismo, articulado a partir del mandato que el artículo 41 de la Constitución Española otorga al régimen público de Seguridad Social para garantizar la asistencia y prestaciones suficientes ante situaciones de necesidad, asegura un determinado nivel de rentas a todos los hogares en situación de vulnerabilidad con independencia del lugar de residencia. A esta finalidad responde la presente disposición, aprobando el ingreso mínimo vital como prestación económica de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.

TravelQuinto

Related posts

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

OFERTA 2×1