En la Delegación de Igualdad, a través de su Centro de Información a la Mujer, cualquier que lo necesite, podrá recibir una atención integral: información, atención y asesoramiento (asesoría jurídica, atención psicológica y orientación laboral y formación para el empleo) para afrontar tu situación de violencia de género.
Una iniciativa que nace fruto de la colaboración del Instituto Andaluz de la Mujer con los ayuntamientos andaluces son los Centros Municipales de Información a las Mujeres. Estos Centros, desde los que se articula una intervención global dirigida a las mujeres, ofrecen información, atención y asesoramiento en políticas de igualdad y el fomento de la participación.
Además se realizan programas específicos de desarrollo personal, educativo y de salud, así como de orientación profesional y laboral. Andalucía dispone actualmente de 174 Centros Municipales de Información a la Mujer, repartidos por toda la Comunidad Autónoma, de manera que las mujeres dispongan de este recurso de la forma más cercana. El Instituto Andaluz de la Mujer subvenciona el funcionamiento de los Centros Municipales de Información a la Mujer a través de una convocatoria anual de subvenciones.
Así, a través de esta iniciativa, se pone a disposición de las victimas de violencia de género y su entorno una serie de servicios especializados con el fin de prestarles asesoramiento y ofrecerles información y apoyo.
¿QUÉ ES LA VIOLENCIA DE GÉNERO?
La Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de Medidas de Prevención y Protección Integral contra la Violencia de Género, establece en su artículo 3 el concepto de violencia de género, entendiendo como tal aquella que, como manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres, se ejerce sobre estas por el mero hecho de serlo. Comprende cualquier acto de violencia basada en género que tenga como consecuencia, o que tenga posibilidades de tener como consecuencia, perjuicio o sufrimiento de la salud física, sexual o psicológica de la mujer, incluyendo amenazas de dichos actos, coerción o privaciones arbitrarias de su libertad, tanto si se producen en la vida pública como privada.
La Violencia de género constituye la vulneración más extendida de los derechos humanos en el mundo y su raíz ha quedado establecida en la discriminación que sufren las mujeres respecto de los hombres, y cuya manifestación son las asimétricas relaciones de poder que, históricamente, han sometido a las mujeres y han determinado un papel inferior para las mismas en todas las sociedades.
Para dar respuesta a la manifestación extrema de desigualdad que es la Violencia de Género, el Instituto Andaluz de la Mujer ha desarrollado diversos programas y servicios especializados en la atención a las víctimas de violencia de género. Estos servicios se desarrollan tanto en los centros provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer, en las capitales de provincia, como en los Centros Municipales de Información a la Mujer en colaboración con los Ayuntamientos.
¿Cómo identificar la violencia de género?
La violencia de género se manifiesta siguiendo un proceso gradual:
Suele empezar con abusos psicológicos: se ignoran los sentimientos de la pareja, se la ridiculiza, se la eta en opiniones y decisiones, se la humilla, se controla sus gastos e ingresos económicos, se la aisla de su entorno. Sí no se ponen medios estos abusos se intensifican y agravan: control, abusos, amenazas e intimidaciones. Tras la violencia psicológica aparecen los abusos físicos y sexuales
Durante el proceso, el agresor alterna conductas abusivas y violentas con el arrepentimiento y promesas que nunca se cumple. La víctima, pierdde la autoestima, siente miedo, culpa e indecisión.
¿Qué hacer?
El Instituto Andaluz de la Mujer cuenta Servicios especializados en violencia de género que ofrecen asesoramiento y atención a las víctimas y sus familiares.
DENUNCIA. La denuncia se puede presentar en las Dependencias Policiales, en el Juzgado de Violencia sobre la Mujer o, en su caso, en el Juzgado de Guardia. Explica claramente lo ocurrido y si ha habido antes episodios violentos, señala también si el agresor dispone de armas, para que procedan a retirarlas. Si tú o tus hijas e hijos precisáis atención médica, acude al Centro de Salud y cuenta los hechos tal y como se han producido. El personal sanitario valorará tu estado físico y emocional. Tienes derecho a solicitar que defienda tus intereses un/a abogado/a del Turno de Oficio Específico de Violencia de Género.
ORDEN DE PROTECCIÓN Si existe riesgo para tu integridad física o psicológica, o la de tus hijas e hijos menores, puedes solicitar en el Juzgado la adopción de una Orden de Protección. La Orden de Protección te proporciona una PROTECCIÓN INTEGRAL: FÍSICA: Para evitar que el agresor pueda acercarse: alejamiento, prohibición de comunicación, salida obligatoria del agresor del domicilio familiar…. JURÍDICA: Medidas de uso y disfrute de la vivienda familiar, régimen de custodia y visitas sobre las hijas e hijos menores…. SOCIAL: Para acogerse a todos los derechos y ayudas establecidas en el ámbito socio-laboral.
ACOGIMIENTO INMEDIATO Si has de dejar el domicilio familiar porque temes por tu integridad física o psicológica o por tu propia vida, has de saber que no estás cometiendo ningún delito. El Instituto Andaluz de la Mujer garantiza la atención y acogida inmediata y urgente, ofreciendo protección y seguridad a aquellas mujeres que se encuentren en una situación de emergencia como consecuencia de la violencia de género. Existen dos vías para acceder al acogimiento inmediato:
El Teléfono de Información a la Mujer: 900 200 999.
Los Centros Provinciales del Instituto Andaluz de la Mujer.
En la red de Centros de Acogida que existe en Andalucía se ofrece información, asesoramiento y atención integral a través de un equipo profesional multidisciplinar.
¿QUÉ ES UNA AGRESIÓN SEXUAL?
Entre los delitos contra la libertad e indemnidad sexuales que sanciona el Código Penal se encuentran:
Las agresiones sexuales: atentados contra la libertad sexual de otra persona, sin que medie consentimiento, empleando violencia o intimidación.
Los abusos sexuales: atentados contra la libertad e indemnidad sexual de otra persona, sin que medie consentimiento, sin emplear violencia o intimidación.
Para perseguir este tipo de delitos será precisa la denuncia de la persona agraviada, de su representante legal o querella del Ministerio Fiscal. El perdón de la persona ofendida o de su representante legal no extingue la acción ni la responsabilidad penal.
Recuerda
Tu libertad sexual te da derecho a decir “NO”. A partir de ese “NO” empieza la agresión sexual.
Si has sido víctima de una agresión o abuso sexuales:
Lo que ha ocurrido no es culpa tuya. El único culpable es el agresor.
No te quedes sola. Hablar con las personas en las que confíes, familia, amistades, es una buena medida.
Exige justicia no sólo por ti, sino también por otras posibles víctimas.
Busca ayuda especializada para superar esta situación.
CMIM DOS HERMANAS
Centro Municipal de Información a la Mujer de Dos Hermanas |
C) Huerta Palacios, s/n |
Teléfono: 954 91 95 69 |
mail: igualdad@doshermanas.es |