Durante la sesión del Pleno Municipal que tuvo lugar el pasado viernes 24 de Marzo se aprobó una medida inédita en España por la que los vecinos de Dos Hermanas que hayan vendido una vivienda a un valor igual o inferior al precio de compra, no tendrán que pagar el impuesto de Plusvalía.
Aunque el Ayuntamiento nazareno no tiene potestad para eliminar dicho impuesto, lo hará a través de una iniciativa legal que permitirá una moratoria de hasta cinco años para este tributo dando así margen de tiempo suficiente para que la ley se modifique o exista una resolución judicial que se haga cargo de la nueva realidad inmobiliaria causada por la crisis, en donde ahora existen inmuebles que no han visto revalorizado su precio y a los que, sin embargo, se les aplica un gravamen a la hora de su venta.
Por tanto, en Dos Hermanas sólo se cobrará este impuesto desde ahora si hay ganancias en las ventas, mientras que si hay pérdidas o no hay ganancias directamente no tendrá que ser pedido por los vecinos, sino que se aplicará por defecto. Por otro lado si de la diferencia entre el precio de transmisión y adquisición de dicho inmueble existiera algún incremento de valor se practicará la liquidación de la plusvalía correspondiente.
Desde hace varios años, y por lo que respecta al impuesto sobre incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana (plusvalía), los Ayuntamientos se encuentran en una encrucijada de difícil solución; una deficiente regulación del impuesto recogida en los artículos 104 a 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, unida a los años de crisis económica que han afectado primordialmente al sector inmobiliario ha ocasionado que la conflictividad tanto administrativa como judicial en lo que respecta a la plusvalía municipal se haya disparado exponencialmente.
Los Ayuntamientos se encuentran sometidos al imperio de la ley, la cual parte de la premisa equivocada de que los terrenos de naturaleza urbana siempre se revalorizan, y que por lo tanto cualquier transmisión en la que haya transcurrido más de un año lleva aparejada un incremento de su valor y por lo tanto está sujeta al impuesto; la realidad muestra que ello no siempre es así, y por parte de los obligados tributarios se vienen planteando numerosos recursos contra las liquidaciones del impuesto de plusvalía, argumentando que la transmisión de los inmuebles no les ha supuesto incremento de valor alguno, sino todo lo contrario; ha habido minusvalía en vez de plusvalía, y por lo tanto consideran que no procede la liquidación del impuesto. Esta situación de conflictividad suele acabar en los juzgados y tribunales, los cuales resuelven unas veces a favor de los Ayuntamientos y otras a favor de los recurrentes.
Esta situación se ha visto agravada con las recientes sentencias del Tribunal Constitucional de fecha 16 de febrero de 2017 y 1 de marzo de 2017, referidas a los territorios de Guipuzkoa y Álava respectivamente, en las que se declaran inconstitucionales los artículos de las respectivas normas forales que someten a tributación de plusvalía situaciones de inexistencia de incrementos de valor. A partir de estas sentencias cada vez son más los juzgados y tribunales que acuerdan la anulación de liquidaciones de plusvalías practicadas por los Ayuntamientos en los supuestos de inexistencia de incremento de valor.
Es intención del Ayuntamiento de Dos Hermanas buscar una solución a este gran problema, solución que satisfaga todos los intereses afectados; así el primer interés a tener en cuenta es el no causar perjuicio a la hacienda municipal; cualquier procedimiento que se propusiera establecer ha de tener como directriz principal el no ocasionar merma alguna a las arcas municipales; otro de los intereses a valorar es evitar la alta conflictividad existente, tanto administrativa como judicial; a través de este procedimiento se procura evitar una cascada de reclamaciones y recursos, con el coste no sólo procesal sino también económico que ello conlleva para el Ayuntamiento (devoluciones con intereses de demora, pago de costas procesales, devoluciones de gastos de constitución y mantenimiento de avales).
La actual situación más que saneada de las Hacienda Municipal (deuda cero con entidades financieras, remanente de tesorería para gastos generales de más de 35.802.207,48 euros) permite que el Ayuntamiento de Dos Hermanas sin menoscabo en el cumplimiento puntual de sus obligaciones pueda adoptar una serie de medidas en cuanto al procedimiento a seguir para la práctica de liquidaciones del impuesto sobre incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana.